¿Pueden las personas mayores solicitar la Sección 8?

‍Muchas personas no están seguras acerca de los requisitos de elegibilidad de la Sección 8 y hacen la pregunta: ¿las personas mayores pueden solicitar la Sección 8?

Cada año, millones de personas mayores se jubilan en los Estados Unidos. Muchos jubilados tienen bajos ingresos y dependen de la asistencia del gobierno para sobrevivir. Pero, ¿son elegibles para la Sección 8?

Existe la idea errónea de que solo los jóvenes pueden solicitar viviendas de la Sección 8. Sin embargo, las personas mayores son uno de los grupos más grandes de personas que se benefician de la Sección 8. Este programa brinda asistencia de alquiler a personas mayores de bajos ingresos, brindándoles un lugar seguro y cómodo al que llamar hogar.

Si bien muchas personas piensan que todas las viviendas de la Sección 8 son sucias, peligrosas y están llenas de delincuentes, lo cual es cierto que hay algunos vecindarios malos designados como viviendas de la Sección 8, también hay muchas comunidades seguras y limpias disponibles para personas mayores.

Como expertos en el tema, podemos explorar todo lo que se sabe sobre las viviendas de la Sección 8 para personas mayores. Es importante tener esta información para que las personas elegibles para los beneficios puedan tomar decisiones informadas. Hay muchos factores a considerar antes de solicitar este tipo de asistencia gubernamental.

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‍¿Qué es la Sección 8?

¿Qué es la Sección 8? Esta pregunta atormenta a muchas personas que no están familiarizadas con el término. La Sección 8 de la Ley de Vivienda es un programa del gobierno de los Estados Unidos que brinda asistencia de vivienda a familias de bajos ingresos. El programa es administrado por las Autoridades de Vivienda Pública (PHA) locales. Es importante tener en cuenta que muchas actualizaciones a lo largo de los años han cambiado su funcionamiento. Por ejemplo, actualmente, se da preferencia a los veteranos y sus familias cuando se trata de la admisión a viviendas de la Sección 8.

Millones de hogares de bajos ingresos en los Estados Unidos dependen de los vales de elección de vivienda para pagar viviendas seguras, decentes y asequibles. El Programa de Vales de Elección de Vivienda (Sección 8) es uno de los programas federales más grandes que ayudan a las personas y familias de bajos ingresos a encontrar viviendas de calidad. La participación en el programa ha aumentado constantemente a lo largo de los años a medida que más y más personas conocen sus beneficios.

¿Cómo funciona la Sección 8?

Cuando la mayoría de la gente piensa en asistencia pública, piensa en asistencia social o cupones de alimentos. Pero hay otra forma de asistencia gubernamental que ayuda a muchos estadounidenses de bajos ingresos a pagar la vivienda: la Sección 8. Los vales de la Sección 8 brindan subsidios de alquiler a los hogares de bajos ingresos, lo que les permite acceder a una vivienda digna y segura.

En algunas áreas, como la ciudad de Los Ángeles, hay listas de espera para personas mayores que esperan recibir vales de la Sección 8. Esto se debe al trabajo que muchas personas mayores han realizado a lo largo de su vida en labores no remuneradas. A menudo, este tipo de trabajo no aparece en los currículos y, como resultado, es difícil para los trabajadores mayores encontrar empleo. El programa de vales permite a las personas mayores vivir en viviendas seguras y asequibles sin preocuparse por llegar a fin de mes cada mes.

Si es una persona de la tercera edad que busca trabajo, los vales de la Sección 8 pueden ser una opción viable para usted. Un vale de la Sección 8 puede ayudarlo a vivir en un área con un costo de vida más bajo, facilitando la búsqueda de trabajo. Además, muchos empleadores prefieren candidatos que tengan vivienda. Tener un vale de la Sección 8 puede darle una ventaja sobre otros candidatos al solicitar empleo.

¿Qué puede impedirle obtener la Sección 8?

Rompiendo Obligaciones Familiares

El incumplimiento de las obligaciones familiares puede impedir que obtenga los beneficios de la Sección 8. Para recibir los beneficios, debe demostrar que no está violando ninguna obligación familiar. Esto significa que si debe manutención infantil o está atrasado en el pago del alquiler, es posible que no pueda recibir los beneficios. Asegúrese de conocer estas obligaciones antes de solicitar la Sección 8 para que pueda evitar cualquier problema en el futuro.

Actividad criminal

Si alguna vez ha sido condenado por un delito, es posible que se sorprenda al saber que no es elegible para una vivienda asistida por el gobierno. Así es, incluso una condena penal menor puede descalificarlo para recibir vales de la Sección 8 o vivienda pública. Esto puede crear un serio obstáculo para aquellos que buscan viviendas asequibles, especialmente si no tienen a quién acudir.

no pagar alquiler

Para recibir asistencia de la Sección 8, debe estar al día con sus pagos de alquiler. Si está atrasado en su alquiler, la autoridad de vivienda no aprobará su solicitud. Esto puede ser un obstáculo importante para quienes necesitan una vivienda asequible. En algunos casos, es posible que se ponga al día con su alquiler y luego vuelva a solicitar la Sección 8. Sin embargo, este proceso puede ser complicado y llevar mucho tiempo. Lo mejor es evitar atrasarse en el pago del alquiler creando un presupuesto y planificando los pagos.

No pagar servicios públicos

Para ser elegible para la Sección 8, no puede tener ninguna deuda pendiente, incluidos los servicios públicos impagos. Si está atrasado en sus facturas de servicios públicos, ponerse al día puede ser suficiente para sacarlo de la lista de espera y conseguir un nuevo hogar. En muchos casos, tener un saldo vencido con su compañía eléctrica local puede descalificarlo para obtener una vivienda subsidiada por el gobierno. Esto significa que si tiene dificultades para llegar a fin de mes, no poder pagar sus facturas de servicios públicos también puede impedirle encontrar una vivienda asequible.

Si está atrasado en sus pagos, póngase al día lo antes posible y proporcione un comprobante de pago a la oficina local de la Autoridad de Vivienda Pública. Es posible que deba proporcionar información o documentación adicional, así que contáctelos antes de enviarlos.

Sección 8 Elegibilidad

Tamaño de la familia

Al considerar la elegibilidad para la Vivienda de la Sección 8, uno de los factores principales es el tamaño de su familia. El programa está diseñado para proporcionar viviendas asequibles para familias de bajos ingresos, y el tamaño de su familia determinará cuánta asistencia puede recibir. Entonces, si está pensando en solicitar la Sección 8, es importante comprender cómo el tamaño de su familia afecta su elegibilidad.

Límite de ingresos

¿Sabía que para ser elegible para la Sección 8, sus ingresos deben estar por debajo de cierto límite? En la mayoría de los casos, su ingreso no puede exceder el 50% del ingreso medio de su área. ¿Entonces que significa esto para usted? Bueno, si tiene curiosidad acerca de si califica o no para los beneficios, vale la pena echarle un vistazo a los últimos límites de ingresos publicados por HUD.

Estado de ciudadanía

¿Sabía que el lugar donde nació y la ciudadanía de sus padres pueden determinar si es elegible o no para una vivienda de la Sección 8? Si su familia emigró legalmente a los Estados Unidos, es posible que califique para recibir asistencia. Por el contrario, si usted o sus padres no son ciudadanos de los Estados Unidos, es posible que no reciba ayuda a través de este programa.

Desalojos anteriores

Si ha sido desalojado de una residencia anterior, es posible que se pregunte si eso lo descalificará para recibir los beneficios de la Sección 8. La buena noticia es que la decisión de aprobar o denegar los beneficios no se basa únicamente en su historial de desalojos. Se consideran varios otros factores, como sus ingresos actuales y el tamaño de su familia. Por lo tanto, todavía existe la posibilidad de que pueda ser elegible para recibir asistencia. Comuníquese con su oficina local de HUD para obtener más información.

Información de ingresos que necesita proporcionar

Carta de Verificación del Seguro Social

Puede ser difícil calificar para una vivienda de la Sección 8, pero con los documentos correctos a la mano, está un paso más cerca de asegurar un lugar. Deberá proporcionar una carta de verificación del seguro social de la Administración del Seguro Social para demostrar su elegibilidad. Este documento confirma que está recibiendo beneficios del gobierno y cumple con los requisitos de elegibilidad de la Sección 8. No dejes que este requisito te impida aplicar: obtén tu carta de verificación del seguro social hoy y comienza el proceso.

Prueba de Beneficios

Para ser elegible para viviendas de la Sección 8, los solicitantes deben proporcionar prueba de los beneficios. Esto podría ser en forma de una carta del Departamento de Trabajo, la Administración del Seguro Social u otra agencia calificadora. El proceso de obtención de esta información puede ser largo y complicado, pero al final vale la pena tener acceso a una vivienda asequible.

Estados de cuenta bancarios

Cuando busca solicitar vivienda de la Sección 8, una de las cosas más importantes que su trabajador social le va a pedir son sus estados de cuenta bancarios. Puede ser confuso por qué necesitan esta información, pero hay una buena razón detrás de esto. Los estados de cuenta bancarios pueden ayudar a verificar sus ingresos y garantizar que cumpla con los requisitos de elegibilidad.

Información de activos

La elegibilidad para la vivienda de la Sección 8 se basa en varios factores, incluidos sus ingresos y bienes. Para determinar si califica, la autoridad de vivienda local necesitará una lista actualizada de activos. Esto incluye información sobre todos los activos de su hogar, tanto líquidos como no líquidos. Los activos pueden incluir cuentas bancarias, acciones y bonos, propiedades inmobiliarias y más. Hacer un seguimiento de la información de sus activos es esencial para determinar la elegibilidad de la Sección 8; asegúrese de tener toda su documentación lista cuando presente la solicitud.

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